En el presente Reglamento Cirsoc 101 PDF (2005) se definen los términos más usados relacionados con las cargas permanentes y las sobrecargas de diseño, y se indican los valores mínimos a tener en cuenta en el cálculo de edificios y otras estructuras.
REGLAMENTO ARGENTINO DE CARGAS PERMANENTES Y SOBRECARGAS MÍNIMAS DE DISEÑO PARA EDIFICIOS Y OTRAS ESTRUCTURAS
En el presente Reglamento se definen los términos más usados relacionados con las cargas permanentes y las sobrecargas de diseño, y se indican los valores mínimos a tener en cuenta en el cálculo de edificios y otras estructuras. No se incluyen las cargas de origen climático ni las solicitaciones provenientes de coacciones; sin embargo, debido a la
brevedad del tema y a su extensa aplicación, en el Anexo se presentan las cargas de lluvia.
Los valores indicados en este Reglamento son valores nominales. Excepto en los casos específicamente indicados, estos valores no incluyen los efectos dinámicos inherentes a la función de las cargas, los que se deben analizar en los casos en que corresponda.
Las cargas nominales dadas en los Capítulos 3, 4 y en el Anexo I del presente Reglamento, serán utilizadas como tales en las combinaciones de acciones para los estados límites últimos y para los estados límites de servicio establecidos en los Reglamentos CIRSOC
INDICE
CAPÍTULO 1 – REQUISITOS GENERALES
CAPÍTULO 2 – DEFINICIONES
CAPÍTULO 3 – CARGAS PERMANENTES (Cargas muertas)
CAPÍTULO 4 – SOBRECARGAS DE DISEÑO (Cargas vivas)
ANEXO I – CARGAS DE LLUVIA
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